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Julio - agosto 2024Del 01 de Julio al 08 de Agosto del 2024.
La universidad
Misión visión y autoridades.
comisión de admisión
Autoridades de Admisión.
Licenciamiento
Universidad licenciada por Sunedu.
Generalidades
Marco legal y disposiciones
Artículo 1. El presente Reglamento norma el Proceso de Admisión, en el nivel de pregrado en la Universidad Nacional José María Arguedas - UNAJMA, y se fundamenta en las siguientes normas:
Artículo 2.
Objetivo El presente Reglamento
tiene por objetivo regular el Proceso de Admisión de
postulantes a pregrado en la Universidad Nacional José María
Arguedas.
Artículo 3.
Alcance
Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de
cumplimiento obligatorio para todos los postulantes que desean
ingresar a un Programa Académico, Comisión Especial de
Admisión, Docentes y Administrativos de la Universidad
Nacional José María Arguedas.
Artículo 4. El proceso de admisión, en sus diferentes modalidades, tiene como objetivo evaluar a los postulantes que cumplan los requisitos fijados, adjudicar plazas a los diferentes Programas Académicos conforme al cuadro de vacantes y normativa vigente.
Artículo 5 El proceso de admisión es planificado, organizado, dirigido, ejecutado, supervisado y evaluado por la Comisión Especial de Admisión, la cual es designada por acuerdo del Consejo Universitario.
Artículo 6. El Consejo Universitario aprueba el número de vacantes por cada Programa Académico a propuesta de las Facultades, así como las fechas en las que se llevará a cabo el proceso.
Artículo 7. La Comisión Especial de Admisión está conformada por Docentes Ordinarios y tiene carácter ejecutivo para planificar, organizar, dirigir y controlar el proceso de admisión. Está conformado por tres miembros y son:
Artículo 8. La Comisión Especial de Admisión tendrá las funciones siguientes:
Artículo 9.La Comisión Especial de Admisión para el cumplimiento de sus funciones contará oportunamente con recursos humanos, económicos, tecnológicos y las facilidades que el proceso requiere; así como, el apoyo académico y logístico de las unidades académicas y administrativas de la Universidad.
Proceso de admision
Modalidad de admision, inscripcion y del examen.
Artículo 10. Las modalidades de admisión consisten en proceso de Admisión Ordinario y Extraordinario.
Admisión Extraordinario: es una modalidad especial de ingreso considerados como:
Admisión Ordinario: es el examen general, en el que pueden postular todos los egresados de la Educación Básica Regular o alternativa.
Artículo 11. El proceso de admisión ordinario y extraordinario, se realiza dos veces durante el año, correspondiente a cada semestre académico regular de la Universidad.
Artículo 12. El proceso de inscripción para Admisión Ordinario y Extraordinario son los siguientes:
Realizar el pago de inscripción en caja de la Universidad por derecho de admisión, según la modalidad que postula y dirigirse a la oficina de la Dirección de Admisión para la inscripción correspondiente, con los siguientes documentos:
Una vez concluida su inscripción el postulante obtendrá una declaración jurada de inscripción y no tener antecedentes penales, los cuales son documentos indispensables para el día del examen.
Artículo 13. La inscripción al proceso de admisión extraordinario y ordinario, concluye con la entrega presencial del documento que acredita la inscripción del postulante en la Dirección de Admisión, con lo cual el postulante, queda apto para rendir el examen. Una vez realizada la inscripción no se acepta cambio alguno, ni devolución de los importes por derechos abonados. En el caso que no complete el proceso de inscripción previsto en el artículo 12 está inhabilitado para rendir el examen, sin derecho a reclamo posterior ni devolución de los pagos por derechos realizados.
Artículo 14. Las tasas educativas por derechos de admisión se encuentran establecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Universidad.
Artículo 15. Para el caso del examen extraordinario la inscripción del postulante se efectúa a un Programa Académico de su preferencia, para el examen ordinario el postulante se inscribe a un Programa Académico de su preferencia y otra opcional.
Artículo 16. Las personas que hayan sido condenadas por el delito de terrorismo o apología al terrorismo están impedidas de inscribirse al proceso de admisión de la Universidad. En caso de identificarse se anulará su inscripción o su acceso a una vacante, perdiendo todos los pagos realizados.
Artículo 17. El postulante deberá acudir al local de evaluación donde se llevará a cabo el examen de admisión, conforme al cronograma establecido, y no debe portar aparatos electrónicos (teléfonos celulares, dispositivos USB, cables HDMI, radios, smartphone, iPhone, tables, iPads, grabadoras, auriculares, relojes inteligentes u otros dispositivos de comunicación electrónica), mochilas, fólderes, libros, revistas u otras pertenencias. Bajo ninguna circunstancia se permite la asistencia de postulantes bajo los efectos del alcohol o de cualquier tipo de drogas.
Artículo 18. El día del examen, el postulante debe ingresar portando obligatoriamente el Documento Nacional de Identidad – DNI (original y vigente) y carné de postulante o declaración jurada de inscripción, en caso de pérdida o robo de DNI debe traer la ficha C4 vigente, emitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC.
Artículo 19. El día del examen por ningún motivo se emitirá duplicados del carné de postulante o declaración jurada de inscripción.
Modalidades de admisión
Tipos de ingreso a la UNAJMA.
EXPLORACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL EXAMEN
De los participantes de la elaboración y supervisión.
Artículo 47. La elaboración y supervisión de los exámenes de admisión ordinario y extraordinario, son actividades de participación directa de los docentes y administrativos bajo la dirección de la Comisión Especial de Admisión, las autoridades deben participar en calidad de veedores.
Artículo 48. En la elaboración del examen de admisión, participan un representante de la Comisión Especial de Admisión, un coordinador del examen, docentes elaboradores, correctores de estilo, digitadores - diagramadores y duplicadores.
Artículo 49. En la ejecución del examen de admisión, participan los docentes en la función de coordinadores y supervisores de aula; y el personal administrativo en funciones de orientación, vigilancia y otras que se asignen; bajo la dirección de la Comisión Especial de Admisión, las autoridades deben participar en calidad de veedores.
Artículo 50. Los elaboradores y supervisores del examen de admisión, son docentes seleccionados previo un sorteo, dirigido por la Comisión Especial de Admisión, las autoridades y otros participan en calidad de veedores. De forma similar se selecciona al personal administrativo.
Artículo 51. Para la selección de docentes elaboradores del examen, se tendrá en cuenta la especialidad del docente según las áreas requeridas, para docentes supervisores de aula se tendrá en cuenta el vínculo laboral vigente, previa inscripción por medios autorizados por la Comisión Especial de Admisión. Están obligados a firmar Declaración Jurada de no estar inmersos con las prohibiciones.
Artículo 52. Para la selección del personal administrativos, se tendrá en cuenta vínculo laboral vigente, previa inscripción por medios autorizados por la Comisión Especial de Admisión. Están obligados a firmar Declaración Jurada de no estar inmersos con las prohibiciones.
Artículo 53. Los estudiantes a través de sus representantes estudiantiles dentro del órgano de gobierno universitario, pueden participar en calidad de veedores.
Artículo 54. Está prohibido la participación del personal docentes y administrativo en las labores del examen de admisión ordinario y extraordinario, los que tengan: la condición de postulante, parentesco de hasta segundo grado de afinidad y cuarto de consanguinidad con los postulantes. También está prohibido la participación del personal docentes y administrativo que encuentren en actividades de enseñanza o administrativa en instituciones de preparación preuniversitaria externas a la universidad.
Artículo 55. A los docentes y administrativos que participan en el examen, se les comunicará la fecha, hora y lugar de cada una de las actividades programadas, aquellos que por cuestiones excepcionales tienen incompatibilidad con la programación, deberá comunicar oportunamente a la Comisión Especial de Admisión, caso contrario no serán considerados en los siguientes procesos de admisión por un periodo de un año.
EVALUACIÓN DE
LOS RESULTADOS
Puntajes establecidos.
Artículo 56. El procesamiento de resultados del examen de admisión ordinario y extraordinario se efectuará a través de un sistema computarizado, ejecutado por especialistas y monitoreado por la Comisión Especial de Admisión, las autoridades deben participar en calidad de veedores.
Artículo 57. Los puntajes establecidos para la cuantificación son:
Artículo 58. De existir empates en el cuadro de méritos, se desempatará teniendo los siguientes criterios:
Artículo 59. La relación de ingresantes por modalidad extraordinario y ordinario, se elaborará en estricto orden de mérito y cuadro de vacantes por cada Programa Académico, serán publicados en la página web de la Universidad y/o otros medios virtuales oficiales, y en la oficina de Dirección de Admisión.
DELITOS, FALTAS Y SANCIONES
De las sanciones en caso de faltas.
Artículo 60. En el proceso de admisión, la suplantación o intento de suplantación de un postulante por otra persona, presentación de documentos falsificados, uso de equipos tecnológicos de comunicación detallados en el Artículo 17 del presente reglamento, el plagio o intento de plagio de las respuestas del examen por cualquier medio, la copia o intento de copia de las preguntas del examen, que pretenda beneficiar ilícitamente al postulante durante el desarrollo del examen se configura como falta; atentar contra la integridad física o moral de un docente y/o administrativo se considera igualmente una falta.
Artículo 61. En caso se detecten una falta del postulante, se procede con el retiro inmediato y la anulación de su examen; El Secretario General junto con los miembros de la Comisión Especial de Admisión y las autoridades intervinientes en el proceso de admisión levantarán y suscribirán un acta dando detalle de lo acontecido. Posteriormente los miembros de la Comisión Especial de Admisión informan al Vicerrectorado Académico, ello permitirá establecer la responsabilidad administrativa, civil o penal de los involucrados en los hechos de la falta cometida. Y de encontrarse la participación de algún docente, administrativo o miembro de la Comisión Especial en las faltas prevista en el artículo 60 del reglamento se pondrá en conocimiento de la Secretaría Técnica de Procesos Administrativos para que proceda conforme a sus atribuciones.
Artículo 62. Los postulantes que incurran en las conductas previstas en el artículo 60 serán inhabilitados de participar por dos años consecutivos en los procesos de admisión, cualquiera fuera la modalidad establecida en el presente reglamento.
Artículo 63. Durante el tiempo de desarrollo del examen, el postulante deberá mostrar una conducta intachable, debe mostrar un comportamiento colaborativo ante las disposiciones establecidas que garanticen la transparencia del proceso de admisión.
Artículo 64. Los expedientes de los postulantes que logren ocupar una vacante de ingreso, serán revisados antes y después de emitir la constancia de ingreso, en los casos que se detecten documentos falsos o adulterados o declaraciones falsas, se comunicará a las áreas respectivas para inhabilitar su matrícula y además se remitirá copia fedateada del expediente al Ministerio Público, para que proceda conforme a sus atribuciones.
Artículo 65. Los docentes y administrativos que participan en el proceso de admisión, que premeditadamente incurren en conducta incorrecta como: beneficiar ilícitamente a algún postulante, obstaculicen el desarrollo del proceso de admisión, incumplen funciones, serán comunicados a Ministerio Público para las investigaciones y además serán sometidos a proceso administrativo disciplinario, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal a que diera lugar su conducta, quedando imposibilitados de participar de otros procesos de admisión.
Artículo 66. Los docentes y administrativos que no cumplan las funciones encargadas con responsabilidad o que cometan errores, no serán considerados en los siguientes procesos de admisión por un periodo de un año.
Artículo 67. El personal docente y administrativo que participan en el examen de admisión, no podrán ingresar al campus universitario equipos de transmisión electrónica (celulares, cámaras, relojes inteligentes, radios o similares) u otros que determine la Comisión Especial de Admisión.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIOS
Situaciones complementarias.
PRIMERA. Los resultados del Concurso de Admisión son inapelables y no se admitirá reclamo alguno.
SEGUNDA. Los cuadernillos de la prueba o aplicación del examen, por ningún motivo podrán ser retirados del recinto universitario por los postulantes y docentes, por ser propiedad intelectual de la Universidad, las pruebas serán picadas o incineradas posterior a su aplicación.
TERCERA. El postulante que alcanzó vacante en el proceso de admisión, para recibir su constancia de ingreso, debe presentar Voucher de pago por derechos de constancia y su DNI original, en caso de que los datos no coincidan, se procederá a la anulación de su ingreso a la Universidad sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.
CUARTA. La UNAJMA garantiza el estudio gratuito de una sola carrera, conforme el numeral 100.12 del artículo 100 de la Ley N° 30220, para tal efecto la Dirección de Admisión no se responsabiliza el ingreso a uno o varios Programas Académicos, el ingresante se sujeta a los reglamentos vigentes de la matrícula.
QUINTA. Las vacantes no cubiertas en el examen de admisión extraordinario, se sumarán al número de vacantes del examen de admisión ordinario.
SEXTA. Los postulantes que estén cursando el cuarto y quinto de secundaria y logren una vacante podrán solicitar a la Dirección de Admisión la reserva de vacante hasta que concluyan sus estudios.
SEPTIMA. Las situaciones y procedimientos no previstos en el presente Reglamento, serán considerados y resueltos con total autonomía por la Comisión Especial de Admisión y en segunda instancia por el Vicerrectorado Académico de la Universidad.
OCTAVA. El presente Reglamento entra en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación, y quedan sin efecto todas las anteriores que se opongan a este.
TEMARIO
De los examenes.
MODELO DE PRUEBA
Modelo de examen.
CUADRO DE VACANTES
Vacantes según modalidad y programa académico.
CRONOGRAMA
del examen.
Del 01 de Julio al 08 de Agosto del 2024.
Del 01 de Julio al 01 de Agosto del 2024.
Del 01 de Julio al 08 de Agosto del 2024.
12 y 13 de Agosto del 2024.
PAGOS POR DERECHO DE ADMISIÓN
Tasas de pagos según modalidades de Admisión.
N° | DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO - TUPA | DERECHO DE TRÁMITE S/ |
---|---|---|
1 | Inscripción al examen egresado de Colegio Nacional + prospecto de admisión | S/210.00 |
2 | Inscripción al examen egresado de Colegio Particular + prospecto de admisión | S/245.00 |
3 | Por 1° y 2° puesto egresado de Colegio Nacional + prospecto de admisión | S/200.00 |
4 | Por 1° y 2° puesto egresado de Colegio Particular + prospecto de admisión | S/235.00 |
5 | Tercio Superior egresados de Colegio Nacional + prospecto de admisión | S/200.00 |
6 | Tercio Superior egresados de Colegio privado + prospecto de admisión | S/235.00 |
7 | Deportista de Alto Nivel egresado de Colegio Nacional + prospecto de admisión | S/200.00 |
8 | Deportista de Alto Nivel egresado de Colegio Particular + prospecto de admisión | S/235.00 |
9 | Víctima del Terrorismo egresado del Colegio Nacional + prospecto de admisión | S/165.00 |
10 | Víctima del Terrorismo egresado del Colegio Particular + prospecto de admisión | S/175.00 |
11 | Personas con Discapacidad egresado del Colegio Nacional + prospecto de admisión | S/165.00 |
12 | Personas con Discapacidad egresado del Colegio Particular + prospecto de admisión | S/175.00 |
13 | Becas VRAEM egresado del Colegio Nacional + prospecto de admisión | S/165.00 |
14 | Becas VRAEM egresado del Colegio Particular + prospecto de admisión | S/175.00 |
15 | Beca 18 egresado de Colegio Nacional + prospecto de admisión | S/165.00 |
16 | Beca 18 egresado de Colegio Particular + prospecto de admisión | S/175.00 |
17 | Graduados, Titulados y miembros de las Fuerzas Armadas + prospecto de admisión | S/535.00 |
18 | Derecho por Traslado Internacional + prospecto de admisión | S/1,025.00 |
19 | Derecho por Traslado Nacional + prospecto de admisión | S/725.00 |
20 | Derecho por Traslado Interno + prospecto de admisión | S/275.00 |
21 | Examen de primera selección de colegio nacional | S/150.00 |
22 | Examen de primera selección de colegio privado | S/180.00 |
23 | Haber obtenido vacante a través del CEPRE-UNAJMA | S/0.00 |
24 | Postulante que participo en examen extraordinario | S/140.00 |
25 | Inscripción extemporánea al examen egresado de colegio nacional | S/260.00 |
26 | Inscripción extemporánea al examen egresado de colegio particular | S/295.00 |
27 | Constancia de Ingreso o duplicado | S/30.00 |
ESCUELAS PROFESIONALES
Programas académicos.
PROCESO DE INSCRIPCIÓN
Pasos para la inscripción.
INSTRUCCIONES PARA LA PRUEBA
Indicaciones importantes para el día del examen.
LOCAL DE LA PRUEBA
Ubicación del examen.
Av José María Arguedas - Ccoyahuacho - San Jeronimo - Andahuaylas
Lunes - Viermes: 8am - 5pm
Sabados y Domingos: Cerrado
Email: admision@unajma.edu.pe
Whatsapp: +51 950378103
SERVICIOS EDUCATIVOS QUE OFRECE LA UNAJMA
Beneficios al ingresar a la Universidad.