Artículo 36. De la evaluación Los postulantes en el examen extraordinario se sujetan a una prueba de conocimientos y aptitud académica (Razonamiento lógico - Matemático, competencia lingüística, álgebra, aritmética, física, química, medio ambiente, filosofía, economía, historia del Perú), haciendo
un total de 60 preguntas de alternativa múltiple, más dos preguntas en idioma quechua para desempate. El examen tiene una duración de dos horas.
Artículo 37. De los resultados El postulante en el proceso extraordinario, por cualquiera de las modalidades,
para ser admitido a una de las vacantes, debe alcanzar un puntaje mínimo de 120 , no es aplicable el método matemático de redondeo de las cifras decimal a la cifra inmediatamente superior de los calificativos obtenidos, en estricto orden de mérito, siendo los resultados inapelables.
Artículo 38. Evaluación y resultados de titulados y graduados Se evalúa el promedio aritmético y adjudica al postulante que tiene mayor promedio, en caso de empate se adjudica al postulante que tiene mayor número de créditos, hasta cubrir el cuadro de vacantes.
Artículo 39. Evaluación y resultados de traslado interno y externo La evaluación y resultados se procede bajo los siguientes indicadores:
a) Universidad de procedencia hasta 20 puntos
- Universidad nacional peruana o la misma universidad (20 puntos)
- Universidad particular peruana (05 puntos)
- Universidad nacional extranjera (20 puntos)
- Universidad privada extranjera (10 puntos)
b) Postulación a la carrera hasta 10 puntos
- La misma carrera profesional (10 puntos)
- Carrera profesional afín (05 puntos)
- Otras carreras profesionales (02 puntos)
c) Promedio aritmético de notas hasta 10 puntos
- Promedio menor o igual a 12.99 (05 puntos)
- Promedio entre 13.00 y 15.99 (07 puntos)
- Promedio mayor o igual 16.00 (10 puntos)
- En caso de empate se adjudica al postulante que tiene mayor número de créditos, hasta cubrir el cuadro de vacantes.
Artículo 40. El postulante al examen extraordinario, por cualquiera de sus modalidades, se inscribe a un solo Programa Académico; sin embargo, una vez ejecutado el examen por la modalidad extraordinario y no haber alcanzado el puntaje para ingresar a una de las vacantes, puede postular por la modalidad ordinario.
Artículo 41. El postulante que por cualquier motivo no se presente a rendir el examen de admisión quedará eliminado sin derecho a reclamo alguno; además, el postulante que no marque correctamente la ficha óptica o deteriora la hoja de respuestas será calificado con nota cero, sin Derecho a apelación.