DEL PROCESO DE ADMISIÓN

DE LAS MODALIDADES DE ADMISIÓN

Artículo 10. Las modalidades de admisión consisten en proceso de Admisión Ordinario y Extraordinario.

a) Admisión Extraordinario: es una modalidad especial de ingreso considerados como:

  • i. Primera selección
  • ii. Primeros puestos y alto rendimiento
  • iii. Titulados y graduados
  • iv. Víctimas de violencia política
  • v. Personas con habilidades especiales
  • vi. Deportistas calificados y destacados
  • vii. Zona del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)
  • viii. Traslado externo y traslado interno
  • ix. Modalidad Beca 18/COAR
  • x. Centro Pre Universitario.

b) Admisión Ordinario: es el examen general, en el que pueden postular todos los egresados de la Educación Básica Regular o alternativa.

Artículo 11. El proceso de admisión ordinario y extraordinario, se realiza dos veces durante el año, correspondiente a cada semestre académico regular de la Universidad.

DE LA INSCRIPCIÓN

Artículo 12. El proceso de inscripción para Admisión Ordinario y Extraordinario son los siguientes:
Realizar el pago de inscripción en caja de la Universidad por derecho de admisión, según la modalidad que postula y dirigirse a la oficina de la Dirección de Admisión para la inscripción correspondiente, con los siguientes documentos:

  • a) Certificado de estudios de los cinco años de Educación Secundaria o Constancia de Logros de Aprendizaje (CLA) o Certificado de estudio digital (CE) obtenidos en la plataforma del MINEDU (en los dos últimos casos tienen que tener el código virtual de verificación y el código QR.
  • b) DNI vigente y en físico.
  • c) Comprobante de pago original.
  • d) Otros requisitos que el postulante debe cumplir según su modalidad de postulación.
  • e) Registro de su huella dactilar, correo electrónico y número telefónico.

Una vez concluida su inscripción el postulante obtendrá una declaración jurada de inscripción y no tener antecedentes penales, los cuales son documentos indispensables para el día del examen.

Artículo 13. La inscripción al proceso de admisión extraordinario y ordinario, concluye con la entrega presencial del documento que acredita la inscripción del postulante en la Dirección de Admisión, con lo cual el postulante, queda apto para rendir el examen. Una vez realizada la inscripción no se acepta cambio alguno, ni devolución de los importes por derechos abonados. En el caso que no complete el proceso de inscripción previsto en el artículo 12 está inhabilitado para rendir el examen, sin derecho a reclamo posterior ni devolución de los pagos por derechos realizados.

Artículo 14. Las tasas educativas por derechos de admisión se encuentran establecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Universidad.

AArtículo 15. Para el caso del examen extraordinario la inscripción del postulante se efectúa a un Programa Académico de su preferencia, para el examen ordinario el postulante se inscribe a un Programa Académico de su preferencia y otra opcional.

Artículo 16. Las personas que hayan sido condenadas por el delito de terrorismo o apología al terrorismo están impedidas de inscribirse al proceso de admisión de la Universidad. En caso de identificarse se anulará su inscripción o su acceso a una vacante, perdiendo todos los pagos realizados.

DEL EXAMEN

Artículo 17. El postulante deberá acudir al local de evaluación donde se llevará a cabo el examen de admisión, conforme al cronograma establecido, y no debe portar aparatos electrónicos (teléfonos celulares, dispositivos USB, cables HDMI, radios, smartphone, iPhone, tables, iPads, grabadoras, auriculares, relojes inteligentes u otros dispositivos de comunicación electrónica), mochilas, fólderes, libros, revistas u otras pertenencias. Bajo ninguna circunstancia se permite la asistencia de postulantes bajo los efectos del alcohol o de cualquier tipo de drogas.

Artículo 18. El día del examen, el postulante debe ingresar portando obligatoriamente el Documento Nacional de Identidad - DNI (original), en caso de pérdida o robo debe traer la ficha C4 emitido por la oficina de Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC y carné de postulante o declaración jurada de inscripción.

Artículo 19. El día del examen por ningún motivo se emitirá duplicados del carné de postulante o constancia de inscripción. De no portar dicho documento, el postulante no ingresará al local donde se rendirá la prueba, salvo disponga lo contrario la Comisión Especial de Admisión, previa verificación de identidad de los datos y del postulante.